Caso Uribe Vuelve a la Corte Suprema

Caso Uribe Vuelve a la Corte Suprema

El caso del expresidente ha tomado diversos rumbos y ha pasado como “papa caliente” de un lado a otro. A Uribe lo investigaba la Corte Suprema de Justicia que, en agosto de 2020, ordenó su detención mientras avanzaba la investigación. Inconforme con la decisión del alto tribunal, el expresidente decidió renunciar a su curul y, así, su caso pasó a manos de la Fiscalía. Ya en la justicia ordinaria, una jueza de control de garantías le devolvió la libertad a Uribe y, posteriormente, en noviembre de 2020, el juez 4° Penal de Bogotá confirmó esa decisión.

Sin embargo, en esa oportunidad, el juez también determinó que la indagatoria que rindió el expresidente ante la Corte Suprema, cuando esa Corporación estaba al frente del proceso, se podía equiparar con la imputación de cargos. En ese sentido, la imputación de Uribe quedó en firme y a la Fiscalía le corresponderá decidir si formula acusación o pide que se archive la investigación. Sin embargo, para Jaime Granados, la decisión del juez que dio por sentada la imputación de su cliente es completamente errónea.

Así lo justificó a  trasvés de una acción de tutela en contra del juez 4to penal , en la que pidió que se protegieran los derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa de su cliente y que se dejara sin efectos la decisión de ese despacho en lo relacionado con la imputación. No obstante, la semana pasada el Tribunal de Bogotá declaró improcedente la tutela por varias razones.

Pese a la negación de la tutela, la defensa de Uribe volvió a actuar y este lunes 1 de febrero impugnó la desestimación de la tutela. En la impugnación, Granados nuevamente pide que se declare que se han vulnerado los derechos al debido proceso y a la defensa de Álvaro Uribe, en tanto que le están dando condición de imputado, conforme a la ley 904 de 2004, sin tenerla. Además, contrario a lo planteado por el Tribunal, indica que “la decisión atacada no tiene ningún otro medio de defensa judicial que pueda ser activado (…) bien se podría haber planteado la controversia en un momento posterior del proceso -inclusive en casación-, pero es claro que ello no cumple las condiciones de idoneidad y eficiencia que tiene el recurso de amparo para salvaguardar los derechos fundamentales afectados”.

El defensor agregó que, aunque la Fiscalía tiene varias opciones procesales y puede activarlas como son la preclusión, la acusación o el principio de oportunidad -como lo señalo el Tribunal de Bogotá-, “ello dejaría las garantías del accionante supeditadas al comportamiento procesal de un tercero estatal (la Fiscalía), cuestión que riñe, precisamente, con la garantía del debido proceso que predica directamente el afectado”. Asimismo, Granados explicó que todas esas opciones parten de aceptar la decisión que da por sentada una imputación que, ni la Fiscalía, como encargada de ejercer la acción penal, tiene por realizada.

Ahora, los argumentos del defensor para atacar la imputación de su cliente pasarán a manos de la Corte Suprema de Justicia que deberá pronunciarse al respecto.